Convocatoria Reunion Asociados
Para:
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ESCUDO DE ESPAÑA
(DISEÑO PROPIO)
Regulación Legal:
La regulación actual del Escudo de España es la que se contiene en la Ley 33/1981, de 5 de Octubre (B.O.E. del 19/10/81), que lo describe en los siguientes términos:
Artículo 1º: El escudo de España es cuartelado y entado en punta. En el primer cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. En el segundo, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado de gules y coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de gules o rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color. Entado de plata, una granada al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos hojas de sinople o verde. Acompañado de dos columnas de plata, con la base y capitel de oro, sobre ondas de azur o azul y plata, superada la corona imperial la diestra, y de una corona real la siniestra, ambas de oro, y rodeando las columnas una cinta, ambas de oro, y rodeando las columnas una cinta de gules o rojo, cargada de letras de oro, en la diestra "Plus" y en la siniestra "Ultra". Al timbre, Corona Real cerrada, que es un circulo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesta de ocho florones de hojas de acanto, visible cinco, interpoladas de perlas y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en el mundo de azur o azul, con el semi-meridiano y el ecuador en oro, sumado de cruz de oro. La corona forrada de gules o rojo.
Artículo 2º: El escudo de España, tal y como se describe en el artículo anterior, lleva escusón de azur o azul, tres lises de oro puestas dos y una, la bordura lisa de gules o rojo, propio de la dinastía reinante.
MODELO OFICIAL DEL ESCUDO
El modelo oficial del Escudo y sus usos se establecieron por el Real Decreto 2964/81, de 18 de diciembre (BOE del 19/12/81), y las especificaciones técnicas del mismo en el Real decreto 2267/82, de 3 de septiembre. En septiembre de 1999 se aprobó el Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado, con instrucciones sobre el uso y diseño del escudo en el ámbito de la Administración del Estado, departamentos ministeriales, etc.
Conclusión: Estamos ante algo que puede hacer famoso a Ampuero pues tenemos un escudo republicano (ni las flores de lis en el escusón, ni las coronas ni ondas marina en la parte superior e inferior, respectivamente de las columnas de Hércules, ni...) coronado con el símbolo de la monarquía. A todas luces, escudo ilegal y aberrante. Me extraña que nadie haya aún denunciado al Ayuntamiento. Habrá alguien responsable, ¿no? No es un logo, Sr. Alcalde, es el símbolo de España. Símbolo que representa las leyes que le han permitido acceder a ese cargo.